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Tras la entrada en vigor de todas las disposiciones del Reglamento sobre los derechos de los ciudadanos con discapacidad en el transporte aéreo, los aeropuertos europeos deberán ofrecer asistencia gratuita a las personas con movilidad reducida desde su llegada al recinto hasta que embarquen en el avión.
Qué supone el reglamento
Este reglamento también obliga a los Estados miembro a crear organismos de control que se encarguen de verificar que la nueva normativa se aplica de manera correcta en su territorio. Así, las personas con discapacidad que crean que sus derechos no han sido respetados y no hayan sido resarcidas por la compañía aérea o el aeropuerto responsable, podrán dirigirse directamente a esta institución, que tendrá que encargarse de garantizar sus derechos.
Además, corresponde a los Estados miembro determinar las sanciones que aplican cuando se vulneren las medidas. Las sanciones tienen que ser eficaces, proporcionadas y disuasorias, además de ser notificadas a Bruselas.
Parte de las medidas se aplican desde el año pasado, incluido el no poder negar una reserva de vuelo ni el transporte a personas con discapacidad o movilidad reducida. Sin embargo, la asistencia sin coste alguno para el desplazamiento en los aeropuertos y aviones, así como el derecho a llevar a bordo a los perros de los invidentes, entre otros, entran en vigor ahora.
Toda persona con dificultad para moverse tendrá derecho a que alguien de la compañía aérea o del servicio del aeropuerto la acompañe hasta el avión y que su silla de ruedas viaje a bordo sin gastos suplementarios, algo que ya hacen algunas compañías y aeropuertos pero que ahora se generaliza a toda la UE.
El vicepresidente de la Comisión Europea y comisario de Transportes, Antonio Tajani, ha asegurado que de este modo se garantiza a los afectados un derecho "legítimamente tan esperado" como es la "libertad para viajar". Según datos del Ejecutivo comunitario, hay 127 millones de ciudadanos de la UE que sufren problemas de movilidad reducida y podrán beneficiarse de estos servicios. Estas medidas implican a unos 500 aeropuertos de la Unión.
Además, Tajani ha defendido el reglamento como una manera de impulsar el turismo entre aquellos que sufren algún tipo de discapacidad, un sector de la población con el que dijo estar "comprometido" para "hacer respetar sus derechos" tanto en el transporte ferroviario como en el marino y el de líneas de autobús. "Espero poder darles pronto una respuesta completa a los obstáculos en el sector del transporte que afrontan las personas mayores y con discapacidad", ha remarcado.
Un mercado único de servicios aéreos para todos
La normativa descansa en la idea de que el mercado único de servicios aéreos debe resultar beneficioso para todos los ciudadanos y, por lo tanto, las personas con discapacidad o movilidad reducida, tanto de manera temporal como permanente, y las personas mayores deben tener las mismas oportunidades de utilizar el transporte aéreo que los demás ciudadanos.
El reglamento comunitario considera "persona con discapacidad" o con "movilidad reducida" a toda persona cuya movilidad para utilizar el transporte se halle reducida por motivos de discapacidad física -sensorial o locomotriz, permanente o temporal-, discapacidad o deficiencia intelectual, cualquier otra causa de discapacidad o por edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás pasajeros.
Fuente: EP
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