La "Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación" es una ley de garantías porque pretende garantizar el ejercicio del derecho más que reconocer otros nuevos y es una norma general, ya que opera a modo de legislación general de protección ante cualquier discriminación, frente a las leyes sectoriales.
Esta
incluye a todas las personas y alcanza a todos ámbitos como el trabajo por cuenta ajena y cuenta propia, el empleo público, la educación, la publicidad y los medios de comunicación, la protección social o la asistencia sanitaria.
La norma recoge dos nuevos motivos de discriminación: por identidad sexual y por enfermedad que vienen a sumarse a los ya reconocidos de: nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad y discapacidad.
Otra de sus novedades es que
incorpora por primera vez al ordenamiento jurídico español las definiciones de discriminación por asociación, por error y discriminación múltiple, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar, represalia y diferencia de trato no discriminatoria (cláusula de salvaguardia para aquellas diferencias objetivas, legítimas y adecuadas derivadas de disposición, acto, criterio o práctica).
Además, el Proyecto prevé que un organismo independiente preste asistencia a los afectados, dentro de los ámbitos previstos por la Ley, y promueva fórmulas de mediación o conciliación entre las partes con su consentimiento.
Esta Autoridad podrá investigar por cuenta propia la existencia de posibles situaciones de discriminación y ejercitar acciones judiciales en defensa de los derechos derivados de la igualdad de trato.
¿Cuál es el objetivo de esta Ley?
Sus objetivos generales son:
- Consolidar legislativamente la igualdad.
- Ser un mínimo común denominador normativo que contenga las definiciones y garantías básicas del derecho antidiscriminatorio.
- Dar cobertura a las discriminaciones actuales y a las futuras.
- Trasponer de manera adecuada las Directivas comunitarias de protección frente la discriminación.
- Impulsar la aplicación transversal de la igualdad de trato y la no discriminación en las políticas públicas.
Mientras que de forma más específica:
- Prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación.
- Proteger y reparar a las víctimas.
El Proyecto de ley ha sido aprobado por el Consejo de Ministos quien ha solicitado el procedimiento de urgencia para su tramitación parlamentaria.
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web de la Moncloa.
Fuente: La Moncloa