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10 de Julio de 2008

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La Ley que contempla una deducción de 2.500 euros por nacimiento o adopción (normativa 35/2007, de 15 de noviembre) no beneficia a todas las madres que tienen hijos en España.
Fuera de su margen de maniobra quedan relegadas las inmigrantes casadas con españoles que llevan menos de dos años viviendo en nuestro país antes de tener a su hijo. En estos casos, comunitarias y extracomunitarias no pueden acceder a la retribución que se tramita en las oficinas de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Respecto a las europeas, si no justifican 24 meses de residencia efectiva y continuada antes del nacimiento del hijo, se quedarán sin la cantidad prometida por el Gobierno.
Los afectados han elevado sus quejas al Defensor del Pueblo, el cual a su vez tampoco ve lógico que se deje fuera de la ayuda a los hijos de padres españoles con residencia en España.
Aún así, los pronunciamientos del Defensor no son vinculantes y la recomendación que ha realizado al efecto acaba de ser rechazada por Hacienda, según fuentes de la Institución. El siguiente paso implicaría llevar la causa hasta el Constitucional, pero no todas las parejas dan el paso. Entre otras cosas, porque la Ley dice claramente que es la madre la receptora de la ayuda y establece un condicionante estricto sobre el período de permanencia previo al alumbramiento.
Punto de conflicto
Los interesados en la ayuda se consideran discriminados respecto a los padres adoptantes del mismo sexo, que sí pueden elegir cuál de los dos será el beneficiario de la ayuda, siempre y cuando uno de los cónyuges sea español. Tampoco importa el sexo en casos de adopción afrontados por una sola persona. Es en este punto donde los matrimonios mixtos ven en el cheque bebe un signo de desigualdad flagrante porque beneficia a otras parejas y no a ellos.
Fuente: La Gaceta