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Estrategia Europea de Inclusión Social [editar]

Contexto y origen

La lucha contra la pobreza y la exclusión social a nivel europeo cuenta con una base legal limitada ya que no permite el desarrollo de políticas sociales propias.  Sin embargo, el artículo 137 del Tratado de Niza estableció nuevas bases legales para que la UE actuase de modo indirecto en este campo.

En 2000, durante el Consejo Europeo de Niza y en virtud de este artículo, los líderes de la UE establecieron la Estrategia Europea de Inclusión Social, conocida como el “Proceso para la Inclusión Social” con el objetivo de erradicar la pobreza antes de 2010.  Desde entonces, la UE ha proporcionado un marco para el desarrollo de esta estrategia a nivel nacional pero también un marco a través del cual todos los Estados miembro se coordinan entre sí a nivel europeo.

La participación de los agentes tales como ONG, actores sociales y autoridades locales y regionales se convirtió desde entonces en una parte importante de este proceso.  Además, esta iniciativa animó a que los Estados miembro examinaran críticamente sus políticas sociales logrando que las buenas prácticas se transfiriesen entre los distintos países de la Unión.

Gracias a este proceso, la UE consiguió llegar a un claro consenso sobre cuáles eran los retos y los desafíos en materia de inclusión social:

  • Suprimir la pobreza infantil rompiendo el círculo de la transmisión intergeneracional de la pobreza.
  • Conseguir desarrollar mercados de trabajo verdaderamente inclusivos.
  • Asegurar que todas las personas tengan derecho a una vivienda digna.
  • Combatir la discriminación y promover la integración de las personas inmigrantes, aquellas que tienen alguna discapacidad o que provienen de alguna minoría étnica.
  • Combatir la exclusión financiera y el endeudamiento excesivo.

La ampliación de la Estrategia Europea de Inclusión Social

En 2005, la Comisión Europea aprobó la Agenda Social Europea 2005-2010 coincidiendo con la renovación de la Estrategia de Lisboa aprobada en el 2000.

A partir de entonces, la Estrategia Europea de Inclusión Social no sólo cubre la pobreza y la exclusión social sino que está compuesta por dos áreas políticas adicionales:

  • Pensiones adecuadas y sostenibles
  • Asistencia sanitaria y cuidados de larga duración accesibles, de alta calidad y sostenibles.

El Método Abierto de Coordinación

¿Qué es el Método Abierto de Coordinación (MAC)?

  • Es un instrumento de coordinación de políticas entre los Estados miembro de la UE.
  • Permite actuar a nivel europeo en áreas en las cuales la UE no puede legislar ya que no son de su competencia. 
  • Este método se basa en el intercambio de buenas prácticas y en la realización de evaluaciones por pares (Peer Review).

¿Cómo funciona este instrumento de coordinación?

  1. Establece objetivos comunes en las áreas de protección social y de inclusión social.
  2. Fija unos indicadores comunes diseñados para medir los progresos de los objetivos comunes.
  3. Cada Estado miembro aprueba un informes nacional en el que plasma sus estrategias políticas en materia de protección social y de inclusión social.  Este documento se denomina "Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social".
  4. La Comisión Europea y el Consejo elaboran informes de análisis y evaluación conjunta de los Planes Nacionales de Acción presentados por los Estados miembro.
  5. Aprueba informes conjuntos de protección social e inclusión social con carácter anual en los que se evalúan los progresos de la estrategia, las prioridades y los desafíos así como las buenas prácticas y las iniciativas innovadores de interés común para los Estados miembro.

Acceda a todos los informes conjuntos de protección social e inclusión social.

¡NUEVO! Acceda a la propuesta de informe conjunto 2009 de la Comisión Europea en castellano.

Los "peer review" o evaluación por pares

Uno de los objetivos de la Estrategia Europea de Inclusión Social es fomentar el aprendizaje mutuo entre países. Para ello, la Comisión Europea ha impulsado los “peer reviews” (evaluaciones por pares), a través de los cuales se promueve la difusión de buenas prácticas entre los Estados miembro. 

Este método supone que un Estado miembro organiza un seminario en su territorio al cual invita a representantes de otros Estados miembro. El objetivo es evaluar la efectividad de las instituciones en la puesta en marcha de políticas, de programas y de los Planes Nacionales de Acción para la inclusión social (PNAin).

En cada “peer review”, los países invitados evalúan y hacen un análisis crítico sobre una política concreta llevada a cabo por el país anfitrión.  Es una técnica que permite a los gobiernos, que se someten a revisión, conocer las opiniones y experiencias de sus homólogos europeos en dicha política y, de esta manera, diseñar e implementar políticas más efectivas en el futuro. También favorece el diálogo con los grupos de interés (“stakeholders”): agentes sociales, ONG e incluso, en algunas ocasiones, con las personas a quienes se dirigen la política en cuestión.

Para cada “peer review” se prepara un documento de discusión, elaborado por un experto independiente y, en algunos casos, se complementa con un informe elaborado por un experto del país anfitrión. Además, los Estados miembro y los grupos de interés europeos invitados al seminario elaboran informes de opinión que se añaden al documento.

De cada “peer review” se redacta un informe que sintetiza, por un lado, las discusiones que han tenido lugar durante el seminario y, por otro, los documentos preparatorios. 

Pinche aquí para encontrar todos los informes relacionados con los “peer review”.

Pinche aquí para acceder a la guía operativa 2008 sobre los peer review.

En abril de 2008 se inició la ronda de peer reviews en Austria con una reunión en la que se analizaron las iniciativas de los partners sociales para mejorar el acceso al mercado de las personas más desfavorecidas. La Comisión publica un boletín electrónico sobre las evaluaciones por pares, en el cual también se pueden encontrar todos los temas que se analizaron en el 2008. 

Pinche aquí para suscribir el boletín electrónico o consultar las últimas ediciones.

Otro instrumento clave de los "peer reviews" son los informes de síntesis redactados por una red de expertos de los 27 Estados miembros, Coracia, Macedonia y Turquía. La idea es apoyar a la DG de Empleo en  el asesoramiento independiente relacionado con el proceso de implementación de las políticas de inclusión social.

Pinche aquí para consultar los informes de síntesis.

Fuentes de financiación

Fuentes de financiación

Desde el 2002 se han aprobado dos programas comunitarios:

  • El Programa de Acción Comunitaria para Combatir la Exclusión Social 2002 - 2006 que estableció un marco para el intercambio de buenas prácticas y el aprendizaje mutuo en los Estados miembro.
  • En enero de 2007, se aprobó el PROGRESS, el nuevo programa europeo para el empleo y la solidaridad social para el periodo 2007 - 2013, que fomenta y apoya los objetivos establecidos en la Agenda Social y que contribuye a promover la estrategia global de la UE sobre crecimiento y empleo.

El Comité de Protección Social

El Comité de Protección Social (CPS) fue creado en Junio de 2000 con el fin de convertirse en un vehículo eficaz para el intercambio y la cooperación entre la Comisión Europea y los Estados miembro de la UE en materia de modernización y mejora de las estructuras de protección social.

EL CPS trabaja en estrecha colaboración con otros comités encargados de examinar la política social y económica a nivel comunitario, en particular con el Comité de Empleo y el Comité de Política Económica, estableciendo los contactos apropiados con los agentes sociales.

El CPS actúa en cinco áreas consideradas prioritarias:

  1. Inclusión Social
  2. Pensiones
  3. Atención sanitaria
  4. Vínculo entre las políticas de protección social y las políticas activas de empleo (Making work pay).
  5. Racionalización (streamlining)

Para ello, desarrolla las siguientes funciones:

  • Seguimiento de la situación social y la evolución de las políticas de protección social de los Estados miembro.
  • Intercambios de información, experiencias y buenas prácticas entre los Estados miembro.
  • Elaboración de informes en los ámbitos que se deducen de sus competencias.

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