El caso de "la Nena" confirma la discriminación y estigmatización que sigue padeciendo la comunidad gitana en España.
· 15 de Diciembre de 2009
Esther CamuñasLa resolución emitida el pasado 8 de diciembre por el Tribunal Europeo
de Derechos Humanos no es la única sentencia que reconoce hechos
discriminatorios. Una
sentencia pionera, como
nos cuenta
Sara Giménez, abogada y responsable de Igualdad de
Trato de la
Fundación Secretariado
Gitano fue la aprobada en noviembre de 2007 por el caso Ostrava. La
decisión reconoció la discriminación racial en relación con el derecho a la
educación de dieciocho niños gitanos en la República de Checa que eran
enviados a colegios especiales para discapacitados mentales.
La sentencia fue un éxito, no
sólo por su aplicación al conflicto concreto, sino porque el Tribunal de Estrasburgo introdujo cambios
que se aplicarían en casos sucesivos y favoreció la
ampliación de la protección contra las discriminaciones raciales
permitiendo por primera vez:
- la
categoría de discriminación indirecta,
- aplicar
el valor probatorio de las estadísticas,
- invertir la carga de prueba en casos de discriminación racial indirecta, es decir, el
Gobierno tendrá que demostrar que la diferencia de trato es objetiva.
Desde entidades como
Fundación Secretariado Gitano y
Unión
Romaní, miembros y vocales del
Consejo para la Promoción de la Igualdad de
Trato, siguen trabajando en la trasposición del
derecho europeo y su puesta en práctica.
Más información en: Fuente: Fundación Secretariado Gitano